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Procedimiento: Juicio Verbal VER PDF
Objeto del Procedimiento
El presente análisis aborda una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 33 de Madrid en un juicio verbal. La pretensión principal de la Comunidad de Propietarios demandante es la reclamación de 1.324,18 euros en concepto de cuotas ordinarias y extraordinarias impagadas. En el acto de la vista, la actora amplía dicha cantidad reclamando también las cuotas devengadas y no satisfechas durante la tramitación del procedimiento, alcanzando un total definitivo de 3.761,38 euros.
Posturas de las Partes y Situación Procesal
- Parte demandante (Comunidad de Propietarios): Solicita la condena al pago de las cuotas comunitarias adeudadas, los intereses legales desde la interposición de la demanda y las costas procesales. En el acto del juicio, hace uso de su facultad para ampliar la cuantía en 2.437,20 euros adicionales correspondientes al periodo de tramitación del litigio.
- Parte demandada (Herencia yacente): No comparece al acto de la vista tras haber sido debidamente citada, por lo que el Juzgado la declara en situación procesal de rebeldía.
Fundamentos Jurídicos y Análisis del Tribunal
El Juzgado estima íntegramente la demanda fundamentando su decisión en los siguientes argumentos fácticos y jurídicos:
- Efectos de la rebeldía procesal: El tribunal advierte que, de conformidad con el artículo 496.2 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, la declaración de rebeldía no equivale a un allanamiento ni a la admisión pacífica de los hechos. Por consiguiente, la parte actora mantiene intacta su carga probatoria sobre la existencia y exigibilidad de la deuda.
- Obligación de pago y acreditación de la deuda: El juzgador constata mediante certificación registral la titularidad del inmueble por parte de la demandada, surgiendo su obligación de contribuir a los gastos comunes en virtud del artículo 9.1.e) de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal. El tribunal aclara que, al haberse acudido directamente a un proceso declarativo (juicio verbal) y no al cauce especial del procedimiento monitorio, no resulta preceptiva la notificación previa del acuerdo de liquidación de deuda exigida por el artículo 21.2 de la citada ley material. La deuda queda plenamente probada mediante el acuerdo de la Junta de Propietarios aportado documentalmente.
- Condena a futuro y acumulación de cuotas: El tribunal avala la petición de la actora de incluir en la condena definitiva las cuotas devengadas durante la sustanciación del proceso. Para ello, aplica el artículo 220.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, relativo a las prestaciones periódicas. Se determina que, a diferencia de las restricciones del juicio monitorio, en el juicio declarativo es plenamente lícito ir acumulando las cuotas ordinarias que vayan venciendo sucesivamente, siempre que dicha posibilidad de condena a futuro se hubiere invocado desde la demanda inicial.
Fallo de la Sentencia y Costas
La Magistrada-Juez resuelve la controversia dictando los siguientes pronunciamientos:
- Estimación íntegra de la demanda: Condena a la parte demandada a abonar a la Comunidad de Propietarios la suma total de 3.761,38 euros.
- Abono de intereses: Impone el pago de los intereses legales devengados sobre la cantidad reclamada, computados desde la fecha de interposición de la demanda judicial (18 de enero de 2011).
- Imposición de costas: En estricta aplicación del principio del vencimiento objetivo establecido en el artículo 394 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, se condena a la parte demandada al pago de la totalidad de las costas procesales causadas.
