Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.
El Juzgado, tras nuestra defensa, desestima íntegramente la demanda presentada por una propietaria contra varios acuerdos de la comunidad de propietarios sobre la retirada de la instalación de aire acondicionado y estima íntegramente la demanda reconvencional presentada por nuestro despacho, en nombre de la comunidad, declarando que la propietaria ocupó sin autorización el bajocubierta, elemento común, y ordena la retirada de la instalación y la reposición del espacio a su estado original. VER PDF
Objeto del Procedimiento
El presente procedimiento versa sobre un juicio ordinario en el que la parte actora, propietaria de una vivienda, impugna varios acuerdos de la Junta de Propietarios que le obligan a retirar la instalación de su aire acondicionado ubicada en el espacio bajocubierta (elemento común). Frente a esta demanda, la Comunidad de Propietarios formula demanda reconvencional exigiendo la declaración de ocupación indebida de dicho espacio y la condena a la propietaria para que reponga el elemento común a su estado original a su propia costa.
Posturas de las Partes
- Parte demandante: Interesa la nulidad y privación de efectos de los acuerdos adoptados en las juntas de 16 de noviembre de 2022, 22 de marzo de 2023 y 10 de mayo de 2023. Alega que la instalación fue consentida pacíficamente desde el año 2008 y que los referidos acuerdos suponen un manifiesto abuso de derecho.
- Parte demandada (Comunidad de Propietarios): Opone la excepción de caducidad frente a la acción impugnatoria. A través de su demanda reconvencional, sostiene que la actora ha invadido un elemento común sin la debida autorización y que la ocupación con los conductos y la máquina de aire acondicionado impide la ejecución de obras comunitarias necesarias para la eficiencia energética y normativa contra incendios.
Fundamentos Jurídicos y Análisis del Tribunal
El Juzgado fundamenta su decisión desestimatoria de la demanda principal y estimatoria de la reconvención en los siguientes extremos legales:
- Caducidad de la acción: Conforme al artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal, cuando la impugnación de acuerdos se fundamenta en el abuso de derecho o grave perjuicio, el plazo de caducidad es de tres meses, y no de un año. Por este motivo, el Juzgado declara caducada la acción respecto a los acuerdos de noviembre de 2022 y marzo de 2023, admitiendo el análisis exclusivo del acuerdo de 10 de mayo de 2023.
- Inexistencia de abuso de derecho: Según el artículo 18.1 c) de la Ley de Propiedad Horizontal, la resolución no supone un abuso de derecho ni un perjuicio grave no soportable jurídicamente. Basándose en la prueba pericial, se acredita que la desocupación del bajocubierta es imperativa para que la Comunidad pueda ejecutar las obras de rehabilitación y adaptación del edificio aprobadas legalmente.
- Ocupación de elemento común y falta de consentimiento: Queda probado que la propietaria no disponía de autorización expresa para ocupar el elemento común. Asimismo, se rechaza la existencia de consentimiento tácito o aplicación de la doctrina de los actos propios, ya que la inactividad de la Comunidad frente a la ocupación cesa legítimamente cuando surge una nueva necesidad estructural (las obras de eficiencia). La acción para reivindicar espacios comunes tiene un plazo de prescripción de 30 años, de acuerdo con los artículos 1959 y 1963 del Código Civil.
Fallo de la Sentencia y Costas
La Magistrada-Juez resuelve con los siguientes pronunciamientos:
- Desestimación de la demanda principal: Absuelve a la Comunidad de Propietarios de la pretensión de nulidad de los acuerdos adoptados en Junta.
- Estimación de la demanda reconvencional: Declara probada la modificación, invasión y ocupación indebida de parte del elemento común del espacio bajo cubierta por la actora, sin contar con la preceptiva autorización de la Comunidad de Propietarios.
- Obligación de hacer: Condena a la propietaria a reponer el espacio bajocubierta a su estado original en el plazo de un mes, asumiendo los costes del desmontaje de la instalación y la restitución del entramado afectado, advirtiendo de su ejecución subsidiaria por un tercero en caso de incumplimiento.
- Imposición de costas procesales: Condena a la parte demandante al pago de las costas generadas, tanto de la demanda principal como de la reconvencional, en aplicación del artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
