Nuestra parte en calidad de demandante presentó demanda de juicio ordinario ejercitando acción contractual contra la promotora demandada que promovió la construcción de un conjunto residencial que adolecía numerosas anomalías y defectos constructivos que repercutían en elementos privativos y comunes, afectando a la habitabilidad. A lo que el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 6 de Navalcarnero declara la responsabilidad de la demandada en los daños materiales existentes en el edificio de la demandante condenando a la reparación de los defectos constructivos en plazo de seis meses, y para el caso de que así no se produjese, a abonar a la parte actora la cantidad de 17.844,82 €, con imposición de costas a la demandada. VER PDF