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El procedimiento administrativo sancionador es el que utilizan las administraciones públicas para ejercer su potestad sancionadora
Está regulado por el Título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En AESTIMATIO ABOGADOS, conscientes de la importancia que para nuestros clientes tiene esta parte tan específica del Derecho Administrativo, prestamos un asesoramiento jurídico específico en estrecha relación con el área de Derecho Penal, desde el primer momento y con la máxima celeridad.
Para ello, se constituye inmediatamente un equipo de trabajo que coordina ambas áreas, la Penal y Administrativa, evaluando las estrategias de trabajo, las posibilidades reales de obtención de un resultado satisfactorio y las directrices concretas de actuación, asegurándonos de esta manera la mejor defensa posible de nuestro cliente.
En AESTIMATIO ABOGADOS nos encargaremos de que no se produzca en ningún momento indefensión ni vulneración alguna de ningún derecho que le pueda asistir, utilizando para ello cuantos instrumentos nos permita la ley para, en primer lugar, paralizar la acción lo máximo posible, obtener la máxima cautela que se nos permita y conseguir, o bien la justificación de los actos del cliente, o su inexistencia.
Para cualquier duda en relación con esta área, puede ponerse en contacto con los siguientes profesionales