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Procedimiento Administrativo

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    La Administración está sujeta al principio de legalidad en todas sus actuaciones. Así, el artículo 105 de la Constitución establece que la Ley ha de regular el procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, lo que no es sino una garantía de los particulares en su relación con la Administración

    La defensa de los intereses generales obliga a la Administración a que su actuación no sea pasiva, sino que realice cuantos trámites sean necesarios para llegar al pronunciamiento o resolución del asunto iniciado.

    No obstante, el propio interesado puede intervenir en determinados actos de instrucción, proponiendo pruebas o haciendo alegaciones que habrán de tenerse en cuenta en la resolución.

    El procedimiento administrativo, por tanto, es el cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin.

    Como consecuencia de los pasos y resultados obtenidos en las distintas fases del procedimiento se forma un expediente, en el que figuran los diferentes documentos generados, que normalmente serán escritos. El expediente será la base que permitirá llegar a una resolución.

    El abogado debe tener y tiene una intervención directa en el procedimiento desde el momento en que son requeridos sus servicios y en cada una de sus fases, asesorando y defendiendo a su cliente para la resolución más favorable de su problema.

    En AESTIMATIO ABOGADOS, conscientes de la importancia que para sus clientes tiene nuestro asesoramiento y defensa técnica desde el primer acto administrativo, realizamos, en primer lugar, un estudio del asunto en aras a conocer la viabilidad y prosperabilidad del mismo, y una vez conocidos dichos parámetros y siendo éstos aceptables y aceptados por nuestro cliente.

    Comenzamos nuestras actuaciones presentando alegaciones, proponiendo y aportando las pruebas que se consideren oportunas, interponiendo los recursos que el propio procedimiento articula a fin de alcanzar la consecución de una resolución ya sea favorable o no, pero que nos evite el que el cliente se vea en la obligación de acudir a los tribunales en defensa de sus pretensiones.

    Estaremos pendientes de todas y cada una de las fases del procedimiento, y para ello representaremos a nuestro cliente fijando como domicilio a efectos de notificación el propio despacho, a fin de que las actuaciones que nos sean trasladadas sean conocidas por nosotros lo más rápidamente posible, y para mayor tranquilidad del cliente.

    Para cualquier duda en relación con esta área, puede ponerse en contacto con los siguientes profesionales

    Dolores Canelas



    lola@aestimatioabogados.com

    Sandra García



    sandra@aestimatioabogados.com

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