Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.
Nuestra cliente encarga al área de Derecho Civil de AESTIMATIO ABOGADOS interponer demanda ejerciendo la acción de nulidad de la orden de suscripción de participaciones preferentes de CATALUNYA BANC S.A. por importe de más de 100.000 Euros. Tras el trabajo realizado por nuestros abogados, la entidad bancaria se allana íntegramente a nuestras pretensiones y nuestra cliente recupera la totalidad del dinero invertido. VER PDF
Objeto del Procedimiento
El presente documento resume una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Salamanca, en el marco de un procedimiento ordinario. La acción ejercitada tiene por objeto lograr la declaración de nulidad de unas órdenes de suscripción de productos financieros formalizadas el 7 de julio de 2011, así como la consiguiente restitución del capital invertido, que asciende a la cantidad de 100.118,85 euros.
Posturas de las Partes
- Parte demandante: Solicita la nulidad de las órdenes de suscripción, la devolución del capital invertido más los intereses legales, y la condena en costas a la entidad financiera, alegando haber realizado requerimientos extrajudiciales previos infructuosos.
- Parte demandada (Entidad financiera): Encontrándose el proceso en el trámite para contestar a la demanda, la entidad demandada presentó un escrito de allanamiento total a las pretensiones formuladas por la parte actora.
Fundamentos Jurídicos y Análisis del Tribunal
La Magistrada-Juez fundamenta la estimación de la demanda en las siguientes consideraciones legales aplicables al allanamiento y a la imposición de costas:
- Eficacia del allanamiento: En virtud del artículo 21.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, cuando el demandado se allana a todas las pretensiones del actor, procede dictar sentencia condenatoria de acuerdo con lo solicitado. El tribunal constata que, en este caso, no concurre fraude de ley, renuncia contra el interés general ni perjuicio de terceros que impida la plena eficacia jurídica del allanamiento.
- Condena en costas por mala fe: Conforme al artículo 395 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, a pesar de que el allanamiento se produjo sin llegar a contestar la demanda, procede imponer las costas procesales a la parte demandada. El tribunal fundamenta esta decisión en la existencia probada de mala fe, acreditada por los múltiples requerimientos extrajudiciales previos realizados por la actora (culminando incluso con un requerimiento notarial) a los que la entidad bancaria hizo caso omiso, obligando a la demandante a acudir innecesariamente a la vía judicial para ver satisfechas sus legítimas pretensiones.
Fallo de la Sentencia
En atención a los fundamentos expuestos, el Juzgado resuelve la controversia dictando los siguientes pronunciamientos:
- Nulidad y restitución: Estima íntegramente la demanda, declarando la nulidad de las órdenes de suscripción de 7 de julio de 2011 y condenando a la entidad demandada a restituir a la actora el capital invertido de 100.118,85 euros.
- Abono de intereses: Condena a la demandada al pago de los intereses legales computados desde la fecha de la orden de suscripción hasta el día de la restitución efectiva del importe, descontando de dicha suma los intereses o rendimientos que la actora ya hubiera percibido por el producto.
- Devolución de títulos: Declara que, una vez restituido íntegramente el importe del capital a la demandante, la titularidad de las acciones o títulos financieros pasará nuevamente a la entidad demandada.
- Imposición de costas procesales: Se imponen expresamente las costas procesales a la parte demandada, de acuerdo a la mala fe apreciada.
