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El Juzgado estima nuestra demanda y condena a un propietario a abonar más de 27000 € por las obras de reforma que nuestro cliente había realizado en su vivienda. Se acreditó que existieron ampliaciones de obra no formalizadas por escrito y conforme a lo acordado, pero aceptadas de hecho por los demandados. Así mismo, el Juzgado desestima íntegramente la demanda reconvencional del propietario. VER PDF
Objeto del Procedimiento
El presente análisis aborda una sentencia dictada en un juicio ordinario sobre reclamación de cantidad derivada de un contrato de arrendamiento de obra para la reforma de una vivienda. La empresa contratista demanda a los propietarios reclamando el pago de los importes adeudados por la ejecución de la obra y sus ampliaciones, mientras que los demandados formulan reconvención exigiendo la resolución del contrato, indemnización por retrasos y compensación por presuntos defectos constructivos.
Posturas de las Partes
- Parte demandante (Contratista): Reclama el abono de 27.770,41 euros. Sostiene que el precio real pactado era el del presupuesto anexo y no el erróneamente transcrito en el contrato. Además, defiende que el encarecimiento y el mayor tiempo de ejecución se debieron a las numerosas ampliaciones y modificaciones solicitadas expresamente por los propietarios, quienes posteriormente impidieron el acceso a la vivienda para realizar los pequeños repasos finales.
- Parte demandada y reconviniente (Propietarios): Se opone a la reclamación invocando su condición de consumidores. Exigen que se aplique el precio menor fijado en el cuerpo del contrato, niegan la aceptación de precios contradictorios por las mejoras, reclaman penalizaciones por 27 días de retraso y exigen el pago de los desperfectos, cuantificando su demanda reconvencional en un saldo a su favor de 13.366,41 euros.
Fundamentos Jurídicos y Análisis del Tribunal
El Juzgado de Primera Instancia fundamenta su fallo estimatorio de la demanda principal en las siguientes valoraciones probatorias y jurídicas:
- Prevalencia del presupuesto sobre el contrato: El tribunal resuelve la discrepancia de precios aplicando una interpretación lógica del propio contrato, el cual se remitía expresamente a la oferta económica del presupuesto firmado por ambas partes para la determinación de la medición y del precio. Se determina que la cifra inferior del contrato fue un mero error material.
- Aceptación tácita de ampliaciones de obra: Aunque el contrato exigía fijar precios contradictorios por escrito para las modificaciones, las fluidas comunicaciones entre las partes acreditan que los dueños de la obra solicitaron y consintieron los cambios sobre la marcha. El tribunal determina que la falta de formalidad escrita no exime de pago, ya que supondría un enriquecimiento injusto para la propiedad, que disfruta de dichas mejoras sin haber demostrado que los precios cobrados fueran desproporcionados.
- Inexistencia de retraso imputable: Se desestiman las penalizaciones por demora solicitadas por los propietarios, puesto que las numerosas modificaciones y ampliaciones exigidas por ellos mismos justifican, por su propia naturaleza, la extensión del plazo de ejecución pactado inicialmente.
- Valoración de los defectos constructivos: El tribunal resta total credibilidad al informe pericial de la parte demandada por su imprecisión, falta de mediciones objetivas, ausencia de material fotográfico concluyente y fijación de precios de reparación completamente desorbitados y fuera de mercado. Por el contrario, da validez a la pericial de la parte actora, que tasó los únicos repasos menores necesarios en 613,43 euros, labores que la constructora siempre estuvo dispuesta a realizar pero que la propiedad impidió al resolver el contrato e impedirle la entrada al domicilio.
Fallo de la Sentencia y Costas
- Estimación sustancial de la demanda principal: El Juzgado condena a los demandados a abonar a la empresa contratista la cantidad de 27.156,98 euros (cifra resultante de restar los 613,43 euros de los repasos admitidos a la cantidad reclamada inicialmente), más los intereses legales correspondientes.
- Desestimación de la reconvención: Se rechaza íntegramente la demanda reconvencional interpuesta por los propietarios al no quedar acreditados ni el retraso culpable ni la magnitud de los defectos constructivos alegados.
- Imposición de costas procesales: En aplicación de la norma general sobre el vencimiento objetivo, se impone a la parte demandada el pago de la totalidad de las costas causadas, tanto las derivadas de la demanda principal como las correspondientes a su acción reconvencional.
